Queremos compartir con ustedes el siguiente articulo:
Nos preguntan nuestros lectores cómo se determina la obligación de otorgar la dotación a un empleado que tienen un salario variable (comisiones y demás pagos por rendimientos) y que por esa razón eventualmente puede devengar más de dos salarios mínimos.
Dice la norma (Artículo 230 del código sustantivo del trabajo) que todo trabajador que devengue hasta dos salarios mínimos tiene derecho a que su empleador le suministre la respectiva dotación cada 4 meses.
El problema surge cuando el trabajador tiene un salario variable, esto es que gana un básico más comisiones.
En este caso, es posible que en algunos meses el trabajador devengue menos de dos salarios mínimos y en otros meses devengue más de dos salarios mínimos.
Algunas personas opinan que se toma como referencia el sueldo del mes en que se debe entregar la dotación, de suerte que si en ese mes el sueldo percibido por el trabajador fue superior a dos salarios mínimos no se entrega la dotación; en caso contrario se debe entregar.
En nuestro criterio, el procedimiento más justo y razonable, sería promediar el salario devengado por el trabajador desde la última vez que recibió dotación, esto es, en los últimos 4 o 3 meses, según corresponda. Si el promedio supera los dos salarios mínimos mensuales no hay lugar al suministro de la dotación, y si el promedio es igual o menor a dos salarios mínimos, habrá lugar al suministro de la dotación.